Hazte Voluntari@


Hazte voluntari@

Si tienes más de 18 años, o estás a punto de cumplirlos, vives en La Zubia y quieres ser Voluntari@ de Protección Civil, acércate por nuestras oficinas en la c/ Cuesta de Corvales nº 1. Pásate los jueves de 19:00 a 21:00, o escríbenos un e-mail.
¡¡No lo dudes, ven ya!! ¡¡Conoce, aprende y disfruta del mundo de las emergencias!!

viernes, 28 de enero de 2011

LA PROTECCIÓN CIVIL EN EL MUNICIPIO

Según este organigrama las funciones a desarrollar por cada elemento son:
1.    EL ALCALDE
Es el responsable de Protección Civil en el ámbito de su municipio, correspondiéndole la movilización y coordinación de los medios y recursos existentes en su término en situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. Dentro de sus funciones está la designación de un Concejal como Delegado de Protección Civil y presidir la Junta Local.
2.    EL CONCEJAL DELEGADO
Es designado por el Alcalde al que asistirá en el ejercicio de sus respectivas competencias, respecto a la organización, dirección y coordinación de los Servicios Operativos y del que depende directamente el Servicio Local de Protección Civil.
3.    EL GABINETE DE INFORMACIÓN
El Gabinete de Información debe convertirse en el único canal de comunicación entre los elementos participativos externos, una relación que debe orientarse desde la prevención, desarrollándose así los distintos niveles de Autoprotección, hasta la intervención en las situaciones de emergencia. Sus funciones se llevarán a cabo tanto en el terreno de la Prevención como en el terreno de la Operatividad.
4.    LA JUNTA LOCAL DE PROTECCIÓN CIVIL
Es un órgano de asesoramiento y de colaboración del Alcalde y del Ayuntamiento. Es el elemento básico de la coordinación de todos los medios y recursos de los que dispone la localidad.
Entre sus funciones están: Elaboración y desarrollo de los Planes Municipales para su aprobación por el Pleno Municipal. Informar y aprobar las acciones directas en materia de P.C., a que se refiere la Ley 2/1985. Solicitar la colaboración de entidades y organismos relacionados con P.C. Dirigir y coordinar las comisiones que se creen para el desarrollo de programas relacionados con la P.C. Asesorar al Alcalde en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
5.    EL SERVICIO LOCAL DE PROTECCIÓN CIVIL
Dependerá directamente del Concejal Delegado y le corresponde la ejecución de las funciones que por Ley les vienen encomendadas al municipio. Tiene a su cargo el funcionamiento de la Oficina Técnica, el Centro de Coordinación Operativo y la Agrupación de Voluntarios.
Entre sus funciones están las siguientes:
·         Realización de pruebas o simulacros de prevención de riesgos, catástrofes y calamidades públicas.
·         Promoción y control de la autoprotección corporativa y ciudadana.
·         Promoción y organización de la formación de personal de los servicios relacionados con la Protección Civil.
·         Promoción y apoyo a la vinculación voluntaria y desinteresada de los ciudadanos, a través de organizaciones que se orienten principalmente a la prevención de situaciones de emergencia.
·         Organización y mantenimiento del Centro Local de Coordinación Operativa (C.E.C.O.P.).
6.    OFICINA TÉCNICA
Constituye el soporte técnico del Servicio Local y estará formada por funcionarios del Ayuntamiento, los cuales podrán contar con el apoyo de los Voluntarios cualificados en esta materia.
7.    CENTROS DE COORDINACIÓN OPERATIVA (CECOPAL)
Es donde se lleva a cabo la coordinación y dirección de todas las operaciones, disponiendo de un sistema de enlace con el CECOP de la Administración en que se integra el Plan. Este debe contar con los medios instrumentales necesarios para funcionar como un Centro de Coordinación Integrado (CECOPI) para así garantizar el que en él se puedan integrar los mandos de las diferentes Administraciones, tanto para la dirección y coordinación de la emergencia como la transferencia de responsabilidades. Su localización debe ser permanente y estará compuesto por una Sala de Coordinación y Planificación, y un Centro de Transmisiones.
8.    LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS
El régimen de organización y funcionamiento de éstas se regirán por un reglamento que deberá ser aprobado por la Corporación Local.
A nivel general se trata de organizaciones municipales o supramunicipales de carácter altruista, formadas por ciudadanos mayores de 18 años con conocimientos suficientes y tiempo libre como para colaborar de forma regular y voluntaria en las tareas de la Protección Civil.
El ingreso a ellas se hace mediante la solicitud correspondiente y la realización de un Curso de Formación Básica.
Sus funciones irán encaminadas principalmente a la prevención de situaciones de emergencia que puedan afectar al lugar familiar, uso residencial, privado, barrios, etc., así como el control de dichas situaciones previa a la actuación de los Servicios Municipales o el apoyo de los mismos realizando tareas de carácter auxiliar.
Para ello es necesario que exista una estrecha y regular colaboración con los Servicios Operativos Municipales, así como una formación constante de sus componentes.
9.    LOS SERVICIOS OPERATIVOS
Entendiendo por Servicios Operativos los constituidos por Guardia Civil, Policía Local, Bomberos, Sanidad Local, Obras y Servicios, etc., los cuales según sus funciones constituirán, junto con los servicios de otras Administraciones y Voluntarios de Protección Civil, los Grupos Operativos del Plan de Emergencia Municipal.
Estos servicios constituyen el brazo operativo de Protección Civil, tanto para la confección de los distintos Planes de Emergencia, como para su colaboración en todas aquellas tareas de carácter preventivo que se les encargue y que se encuentren dentro de sus funciones: ejercicios y simulacros, campañas de autoprotección, inspecciones, etc.
Igualmente estos deberán realizar una importante labor en lo que se refiere a la integración del personal voluntario a las tareas con carácter auxiliar y en su apoyo que realizarán estos cuando sean movilizados en situaciones de emergencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario